27 jul 2012

Crónicas Colombianas VI. Piedad Protesta-Son Tres Delitos

La tremenda ex senadora Piedad Córdoba está siempre donde tiene que estar, y dice siempre lo que hay que decir. Entonces estuvo con los indígenas del Cauca, y dijo cosas aparentemente tan graves como éstas: "No queremos más guerra, no queremos bases militares y, sobre todo, no queremos que desprecien a la comunidad con el argumento de una base militar, que se gasta la plata de los impuestos en una guerra que la gente no quiere y no necesita." Y apoyó entonces las acciones pacíficas de los indígenas, removiendo a los soldados de su territorio.

El Procurador General, entonces, pidió investigarla por tres delitos: instigación, asonada y concierto para delinquir. Y agregó: "No nos vengan a decir que se está criminalizando este tipo de protesta, esto es una cosa y otra muy diferente son las actividades delictivas y criminales, esté incurso quien esté incurso en Colombia."

Y el Fiscal General intervino también, para aclarar el punto, esta vez desde la perspectiva más específica y técnica del derecho constitucional colombiano: "Obviamente, la regla general en el ordenamiento constitucional colombiano es que la protesta social no puede ser punible, no se puede criminalizar, salvo que termine en actos de violencia para exigir ciertos actos de los servidores públicos."

Es decir, obviamente, en Colombia, como en la Argentina, como en Chile, como en Ecuador, como en Venezuela, la protesta nunca está ni estará jamás criminalizada, sino absolutamente protegida por el Estado Social de Derecho, y cuidadosamente salvaguardada por el ordenamiento jurídico federal. Entiéndase bien, conforme al plexo normativo vigente la protesta se encuentra en todos los casos perfectamente resguardada. Criminalización nunca. Nunca. Nun-ca. Salvo, claro está, en los excepcionalísimos casos en que la protesta sí está criminalizada. Marchen tres delitos para doña Piedad, y que no se queje que sino le mandan el cuarto.

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